COMUNICADO
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) en la Ciudad de México informa que la adolescente que se ha reportado como desaparecida en redes sociales se encuentra en perfecto estado de salud emocional y física y se encuentra en un centro de acogimiento residencial donde recibe atención, psicológica y pedagógica, por lo que es falso que se encuentre desaparecida.
Su caso se encuentra ante autoridades judiciales, y la C. Viviana Quezada Rivera sabe que debe recurrir a dichas instancias para tener un acercamiento con la adolescente, siempre y cuando así lo determine el juez que lleva la causa.
La actual campaña de desinformación emprendida en redes sociales vulnera el derecho a la intimidad de la adolescente, exponiendo su identidad e imagen, además de poner en riesgo su estabilidad emocional conforme al Principio del Interés Superior de Niñas, Niños y Adolescentes.
El DIF de la Ciudad de México indica que la información respecto de las presentaciones o no presentaciones de la adolescente ante las autoridades no se dará a conocer a través de medios de comunicación ni redes sociales, reiterando la protección a la intimidad de la menor.
Este Sistema ya solicitó ante el juzgado que conoce la causa, la medida de protección a favor de la adolescente, así como de cualquier niña, niño y adolescente, para prohibir la difusión por medios de comunicación: prensa escrita, radiodifusión, televisión, internet, multimedia, y redes sociales (Facebook, Twitter, YouTube, Telegram, WhatsApp, etc.) cualquier información que se relacione con hechos en que la involucren y que la pueda identificar.
Cabe destacar que la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 8, establece que: … 1. Los Estados Partes adoptarán medidas adecuadas para proteger en todas las fases del proceso penal los derechos e intereses de los niños víctimas de las prácticas prohibidas por el presente Protocolo y, en particular, deberán: e) Proteger debidamente la intimidad e identidad de los niños víctimas y adoptar medidas de conformidad con la legislación nacional para evitar la divulgación de información que pueda conducir a la identificación de esas víctimas.
Además, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes refiere: Artículo 76. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la intimidad personal y a la protección de sus datos personales.